Conocimiento de embarque (B/L)
Documento clave del transporte marítimo, emitido por el porteador para acreditar que ha recibido o cargado la mercancía. Tiene tres funciones: recibo de la carga, prueba del contrato de transporte y, cuando es «a la orden», título representativo de la mercancía. Como quien presenta un original puede retirar la carga, es la base de las cartas de crédito y de la cobranza documentaria. Un B/L «limpio a bordo» indica que se cargó en buen estado aparente.
Términos relacionados
Telex release y carta de porte marítimo (sea waybill)
Formas de entregar la carga en destino sin esperar a que el conocimiento original llegue al comprador. En el telex release, los originales se entregan al porteador en el puerto de carga y este ordena a su agente en destino liberar la mercancía. La sea waybill es un documento no negociable por el que la mercancía se entrega simplemente al consignatario nombrado. Ambas son rápidas, pero el vendedor pierde el control de la mercancía, por lo que el pago debe asegurarse antes.
Carta de crédito (L/C) L/C
Medio de pago documentario por el que el banco del comprador (banco emisor) se compromete a pagar al vendedor contra la presentación en plazo de documentos conformes – conocimiento de embarque, factura, certificado de análisis, certificado de origen, etc. Los bancos solo tratan con documentos, no con mercancías, por lo que las condiciones deben coincidir exactamente con el contrato y ser cumplibles. Es el pago seguro más común en grandes operaciones de materias primas y con contrapartes nuevas.
Póliza de fletamento (charter party) C/P
Contrato entre armador y fletador que regula el uso de un buque. En el fletamento por viaje se transporta una carga concreta entre puertos designados a un flete por tonelada; en el fletamento por tiempo el buque se alquila por un periodo a tarifa diaria; a casco desnudo se arrienda sin tripulación. Formularios habituales: GENCON, NYPE y ASBATANKVOY. Los contratos de compraventa a granel deben alinear ritmos de carga y sobreestadías con la póliza de fletamento.
Franco a bordo (Free On Board) FOB
Uno de los términos más usados en el comercio de materias primas, solo para transporte marítimo y fluvial. El vendedor carga la mercancía despachada para exportación a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque; el riesgo se transmite cuando la mercancía está a bordo. El comprador contrata flete y seguro; en graneles deben pactarse aparte el ritmo de carga, la plancha y la sobreestadía. Para contenedores es más correcto FCA.
Explicado en el manual de comercio
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